Información autoliquidaciones 1º trimestre 2021

Hasta el 20 de abril

Modelo 111: Retenciones e Ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo, actividades profesionales, agrícolas, ganaderas y premios.

Modelo 115: Retenciones e ingresos a cuenta arrendamiento inmuebles. ALQUILERES.

Modelo 123: Retenciones e ingresos a cuenta sobre determinadas rentas: Dividendos, intereses préstamos…

Modelo 130-131: Pagos fraccionados renta. (Autónomos).

Modelo 303-340: IVA.

Modelo 322-353: IVA grupo entidades.

Modelo 309: IVA declaración liquidación no periódica.

Modelo 349: Operaciones intracomunitarias.

 

Pagos fraccionados y establecimientos permanentes NO RESIDENTES

Modelo 202: Régimen General.

Modelo 222: Régimen de consolidación fiscal (grupos fiscales).

 

NOVEDAD este trimestre: posibilidad de aplazar los pagos de RETENCIONES

Aplazamientos 1º trimestre: 4 meses sin intereses

Con fecha 13-3-2021, se ha publicado el RDL 5/2021 que flexibiliza los aplazamientos de las autoliquidaciones que deben presentarse entre el 1 de abril y el 30 de abril de 2021 (las del primer trimestre) por parte de empresas y autónomos que facturaron menos de 6.010.121,04 euros en 2020. En concreto: Con fecha 13-3-2021, se ha publicado el RDL 5/2021 que flexibiliza los aplazamientos de las autoliquidaciones que deben presentarse entre el 1 de abril y el 30 de abril de 2021 (las del primer trimestre) por parte de empresas y autónomos que facturaron menos de 6.010.121,04 euros en 2020. En concreto:

• En estos casos, Hacienda permitirá que la posibilidad de aplazar deudas de hasta 30.000 euros de forma automática y sin garantía (que ya existe actualmente) sea aplicable también a las retenciones e ingresos a cuenta, a los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades y al IVA.

• Si el importe de esas deudas más el que ya se tenga aplazado (en su caso) supera los 30.000 euros, se podrá solicitar el aplazamiento hasta el límite total de dicha suma.

El aplazamiento podrá solicitarse por hasta 6 meses, sin que deban satisfacerse intereses de demora por los 4 primeros meses (la norma inicial sólo eximía de intereses los 3 primeros meses del aplazamiento).

   ÚLTIMO DÍA DOMICILIACIÓN 15 DE ABRIL DE 2021

                     

Declaración de Renta y Patrimonio 2021

Les informamos que el próximo día 7 de abril se inicia la CAMPAÑA DE RENTA del ejercicio 2020, les recordamos los plazos de inicio de la misma tanto por parte de la Agencia Tributaria, por si fuera de su interés, como por este despacho.

Por parte de la Agencia Tributaria:

07 de abril: Se abre el plazo para presentar las declaraciones por Internet.

04 de mayo: Disponible cita previa para la modalidad telefónica.

06 de mayo: Presentación por teléfono de la declaración.

27 de mayo: Disponible la cita previa para la modalidad presencial.

02 de junio: La Agencia Tributaria empieza a atender presencialmente a los contribuyentes.

25 de junio: Fin del plazo para las declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación bancaria.

29 de junio: Último día para pedir cita previa.

30 de junio: Finaliza el plazo para presentar la declaración de la Renta.

 

Por parte del Despacho:

07 de abril: Se abre el plazo para presentar las declaraciones por Internet- Borradores.

26 de abril: Disponible cita previa despacho.

06 de mayo: Despacho empieza a atender presencialmente a los contribuyentes.

25 de junio: Fin del plazo para las declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación bancaria.

30 de junio: Finaliza el plazo para presentar la declaración de la Renta.